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Transporte

Acerca del programa

El transporte al Programa de Adultos Transicionales de CARING se proporciona desde y hacia el hogar del participante en vehículos totalmente accesibles. Las rutas están diseñadas con horarios establecidos de recogida y devolución.

Algunos vehículos utilizados por el departamento de transporte de CARING Inc. han sido financiados por la FTA.
​Dan Lugo, Director de Transporte (dlugo@caringinc.org o609-646-1990) con cualquier pregunta.

Título VI Política de No Discriminación

Caring, Inc. se compromete a garantizar que ninguna persona sea excluida ni se le nieguen los beneficios de nuestros servicios por motivos de raza, color u origen nacional, según lo protegido por el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, según enmendada.

 

Cualquier persona que crea que, individualmente o como miembro de cualquier clase específica de personas, ha sido objeto de discriminación por motivos de raza, color u origen nacional, religión, sexo, discapacidad y edad, puede presentar una queja en escribiendo a CARING, Inc.

 

Los servicios de transporte proporcionados por esta agencia están financiados total o parcialmente a través de fondos federales recibidos a través de NJ TRANSIT y, como individuo, también tiene derecho a presentar su queja bajo el Título VI a la Administración Federal de Tránsito por escrito y puede dirigirse a: Título VI. Coordinador de Programa Edificio Este, 5.° Piso – TCR, Departamento de Transporte de EE. UU., Administración Federal de Tránsito, Oficina de Derechos Civiles, 1200 New Jersey Avenue, SE, Washington, DC 20590
 
Si necesita información en otro idioma, llame al (609) 646-1990.
Si esta información se necesita en español, llame al (609) 646-1990.

Título VI Procedimiento de denuncia por discriminación

TÍTULO VI PROCEDIMIENTO DE QUEJA

Cualquier persona que crea que ha sido discriminada por motivos de raza, color, origen nacional, religión, sexo, discapacidad y edad en la prestación de servicios al público por parte de CARING, Inc puede presentar una queja del Título VI completando y presentar el Formulario de queja del Título VI de CARING. CARING investiga las quejas recibidas no más de 180 días después del presunto incidente. CARING procesará todas las quejas que estén completas.

Una vez recibida la queja, CARING la revisará para determinar si nuestra oficina tiene jurisdicción. El denunciante recibirá una carta de acuse de recibo informándole si nuestra oficina investigará la denuncia.

CARING tiene 30 días para investigar la denuncia. Si se necesita más información para resolver el caso, CARING puede comunicarse con el denunciante. El denunciante tiene 10 días hábiles a partir de la fecha de la carta de CARING para enviar la información solicitada al investigador asignado al caso. Si el denunciante no se comunica con el investigador o no recibe la información adicional dentro de los 10 días hábiles, CARING puede cerrar administrativamente el caso. Un caso también puede cerrarse administrativamente si el demandante ya no desea continuar con su caso.

Después de que el investigador revise la denuncia, enviará una de dos cartas al denunciante: una carta de cierre o una carta de conclusión (LOF). Una carta de cierre resume las acusaciones y establece que no hubo una violación del Título VI y que el caso se cerrará. Una LOF resume las acusaciones y las entrevistas sobre el presunto incidente y explica si se tomará alguna medida disciplinaria, capacitación adicional del miembro del personal u otra acción. Si el denunciante desea apelar la decisión, tiene 10 días después de la fecha de la carta o de la LOF para hacerlo.

Una persona también puede presentar una queja directamente ante la Administración Federal de Tránsito, en la Oficina de Derechos Civiles de la FTA, 1200 New Jersey Avenue SE, Washington, DC 20590.

Si necesita esta información en otro idioma, llame al (609) 646-1990
Si esta información se necesita en español, llame al (609) 646-1990


Título VI Procedimiento de Quejas - Traducción al español


CUIDADO, Inc.
PROCEDIMIENTO DE QUEJA DEL TITULO 6

Cualquier persona que crea que se le ha discriminado al Por motivos de raza, color, origen nacional, religión, sexo, discapacidad y edad en la prestación de servicios al público por CARING, Inc puede presentar una Queja Titulo 6 completando y presentando una Forma de CARING de Queja de Titulo 6. CARING investigara quejas que son recibidas no mas de 180 días después del incidente. CARING procesará las quejas que son presentadas completas.

Cuando la queja haya sido recibida, CARING la examinará para determinar si CARING tiene jurisdicción. El reclamante recibirá una carta de reconocimiento informándole a ella/el si la queja será investigada por nuestra oficina.

CARING tiene 30 días para investigar la queja. Si se necesita más información para resolver el caso, CARING se comunicará con el reclamante. El reclamante tiene 10 días laborables desde la fecha de la carta para enviar la información solicitada al investigador asignado al caso. Si el investigador no es contactado por el reclamante o no recibe la información adicional en 10 días laborables CARING puede cerrar administrativamente el caso. Un caso puede ser administrativamente cerrado también si el reclamante ya no desea perseguir el caso.

Después de que el investigador ha revisado la queja, ella/el le enviará una de dos cartas al reclamante; una carta cerrando el caso o una carta de descubrimiento. La carta cerrando la casa tendrá un resumen de la acusación y declara que no hubo una violación de las leyes Titulo 6 y que el caso será cerrado. En la carta de descubrimiento tendrá un resumen de la acusación y las entrevistas sobre el supuesto incidente ocurrido, y explicará si alguna acción disciplinaria, formación adicional del empleado, o si alguna otra acción ocurrirá. Si el reclamante desea apelar la decisión, ella/el tiene 10 días desde el día de la carta para hacerlo.

Una persona también puede presentar una queja directamente con la Administración Federal de Tránsito, en la Oficina de Derechos Civiles de la FTA, 1200 New Jersey Avenue SE, Washington DC 20590.

 

Modificación razonable de la ADA
Política

CARING, INC reconoce que las discapacidades son tan diversas como las personas a las que atienden y reconoce la necesidad de realizar modificaciones razonables a sus políticas con respecto a la asistencia ofrecida a los pasajeros que puedan requerir asistencia adicional para utilizar sus servicios.

Según el Título II de la ADA, los gobiernos estatales y locales deben realizar modificaciones razonables a las políticas, prácticas y procedimientos cuando sea necesario para evitar la discriminación.       

Para aquellos pasajeros que requieran asistencia adicional, CARING, INC se esforzará por atender todas las solicitudes de modificación razonables de dicha asistencia mediante los siguientes procedimientos que se describen a continuación:

1.   Los pasajeros deben informar al Director de Transporte la necesidad y el tipo específico de asistencia adicional solicitada en el momento en que se realiza la reserva del viaje.

2.    El Director de Transporte informará al supervisor del conductor sobre la necesidad/solicitud específica del pasajero y determinará los recursos necesarios para acomodar al pasajero.

3.   El supervisor del conductor y el conductor evaluarán la solicitud e informarán al Director de Transporte si es razonable realizar la solicitud.

4.   Si el Director de Transporte considera que no es razonable realizar o repetir regularmente el servicio solicitado, debe citar un razonamiento específico para respaldar el hallazgo e informar al Director Ejecutivo de Operaciones.

5.    Si el Director Ejecutivo de Operaciones está de acuerdo con la conclusión del Director de Transporte, se debe informar al pasajero mediante una llamada telefónica al menos 48 horas antes del viaje solicitado/programado. El hallazgo también deberá comunicarse al pasajero rápidamente mediante correspondencia escrita.  

6.   Los pasajeros pueden apelar dichas decisiones siguiendo los procedimientos de quejas establecidos por la ADA. Las quejas de que un programa, servicio o actividad de CARING, INC. no es accesible para personas con discapacidades deben dirigirse a CARING, INC. 407 W Delilah Rd Pleasantville NJ 08232 A la atención de: Dan Lugo
 

Un demandante también puede presentar una queja ante el Departamento de Transporte de EE. UU. comunicándose con el Departamento en: Departamento de Transporte de EE. UU., Oficina de Derechos Civiles,

 

Administración Federal de Tránsito
Oficina de Derechos Civiles
Atención: Equipo de quejas
Edificio Este, 5to Piso – TCR
1200 Avenida Nueva Jersey, SE
Washington, DC 20590

 

 

Si necesita esta información en otro idioma, llame al (609) 646-1990

 

Si esta información se necesita en español, llame al (609) 646-1990

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